Con fecha 22 de enero de 2024, el Dr. Martí Batres Guadarrama, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 1281 Bis, la Resolución de carácter general mediante la cual se otorgan los beneficios fiscales que se indican, en favor de los concesionarios y/u operadores del servicio público de transporte individual de pasajeros (Taxi) y, a los prestadores del servicio de transporte de pasajeros público ciclotaxis, ambos en la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Se otorgan los siguientes beneficios fiscales en favor de los concesionarios y/u operadores del Servicio Público de Transporte Individual de Pasajeros (Taxi):
A) Se exime del pago del Impuesto sobre Tenencia (artículo 160 del Código) y de los Derechos por el refrendo para la vigencia anual de placas de matrícula (artículo 222, fracción III, inciso b, del Código), incluyendo sus accesorios que se hubiesen generado durante los Ejercicios Fiscales 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, a los concesionarios que se hayan incorporado y cumplido con los requisitos previstos en el PROGRAMA DE CONCLUSIÓN AL REEMPLACAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, que al efecto publicará la Secretaría de Movilidad, en adelante SEMOVI.
Para efectos de lo anterior, los concesionarios deberán acreditar, haber realizado el pago de la Tenencia (artículo 160 del Código) y del refrendo (artículo 222, fracción III, inciso b, del Código), del Ejercicio Fiscal 2024.
La SEMOVI proporcionará a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México la base de datos con las placas de los vehículos que fueron beneficiados.